Ayer se hizo pública la resolución de la III Convocatoria de Evaluación de la Calidad Editorial y Científica de las Revistas Científicas Españolas 2011 de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad. El sello de calidad FECYT es un reconocimiento de la calidad editorial y científica de las revistas científicas españolas que superan con éxito un riguroso proceso de evaluación. Prueba del elevado nivel de exigencia de este proceso de evaluación y de la importancia de la obtención de este sello de calidad a la hora de acreditar la calidad y el impacto de las revistas científicas es el reducido y selecto grupo de revistas jurídicas que en las tres convocatorias celebradas hasta la fecha han obtenido este distintivo de calidad. De hecho, como ha recogido Mabel López Medina en Derecho al blog, en la convocatoria de 2011 cuya resolución definitiva se dio a conocer ayer, tan sólo figuran dos revistas del ámbito de las ciencias jurídicas: el Anuario español de Derecho internacional privado y la Revista general de derecho administrativo. Para los estudiosos del Derecho internacional privado este importante reconocimiento del Anuario constituye un motivo de profunda satisfacción.
martes, 13 de marzo de 2012
viernes, 9 de marzo de 2012
Calendarios de competiciones deportivas y límites de la protección de las bases de datos
Los límites de la tutela de las bases de datos mediante derechos de autor y en virtud de la denominada protección sui generis han sido ya objeto de una rica jurisprudencia del Tribunal de Justicia en relación con la interpretación de la Directiva 96/9/CE. La reciente sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-604/10, Football Dataco, constituye una relevante aportación para precisar el alcance de la protección de las bases de datos mediante derechos de autor en relación con un tipo de bases de datos, como son los calendarios de los partidos de campeonatos de fútbol, respecto del que la jurisprudencia previa del Tribunal había aclarado ya que no se benefician del derecho sui generis regulado en el Capítulo III de la Directiva. En el marco de un litigio entre quien elabora los calendarios de los campeonatos de fútbol inglés y escocés y quienes sostienen que tienen derecho a utilizar tales calendarios en diversas actividades sin abonar contraprestación económica alguna, la sentencia del Tribunal de Justicia incluye aportaciones de interés básicamente en relación con el objeto de protección del derecho de autor en estos casos, la concreción del criterio de la originalidad con respecto a las bases de datos, así como el rechazo de que las legislaciones nacionales sobre derechos de autor puedan proteger bases de datos que no cumplan los requisitos previstos en la Directiva.
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sábado, 3 de marzo de 2012
La cuestión prejudicial de la Audiencia Nacional sobre Google y la evolución de la legislación sobre protección de datos
El auto de 27 de febrero mediante el que la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional acuerda plantear al Tribunal de Justicia cuestión prejudicial de interpretación relativa a ciertas normas de la Directiva 95/46/CE sobre protección de datos personales ha tenido un gran eco en los medios de comunicación. El procedimiento en el que se ha acordado este auto tiene su origen en los recursos presentados por Google Inc. y Google Spain SL solicitando la nulidad de la resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos que requería a Google para que retirara de los resultados del buscador los enlaces a ciertos documentos que incluían datos personales del reclamante mientras que en dicha resolución se desestimó la reclamación contra el responsable de la publicación (periódico) en la que figuraban tales documentos por considerar que había denegado correctamente la cancelación pues la publicación en esos términos de la información tenía justificación legal (se trataba del anuncio por parte de la Seguridad Social de la subasta de un bien del que era copropietario el afectado). La cuestión prejudicial solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre aspectos de gran trascendencia, en lo relativo al ámbito de aplicación territorial de la legislación sobre protección de datos personales –vinculados a la circunstancia de que el domicilio social de Google Inc se encuentra en California-, la caracterización de los proveedores de servicios de busquedas en Internet como responsables del tratamiento de los datos que indexan, así como el alcance del llamado “derecho al olvido” en el marco de la Directiva. Aunque ciertamente las cuestiones van referidas a aspectos de mucha relevancia en los que la interpretación de las reglas de la Directiva resulta en gran medida controvertida, la trascendencia de la eventual sentencia del Tribunal de Justicia en relación con esta cuestión prejudicial puede resultar limitada de cara al futuro en la medida en que el legislador de la UE esté a la altura de sus funciones y adopte un nuevo marco legislativo en la materia que incluya una regulación más precisa de esas cuestiones, culminando en un tiempo razonable la aprobación de una nueva normativa en la materia a partir de la Propuesta de Reglamento general de protección de datos presentada por la Comisión el pasado 25 de enero.
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viernes, 24 de febrero de 2012
La regulación del comercio electrónico en la UE: balance y perspectivas de la Comisión
La reciente publicación por la Comisión de la UE de su informe de aplicación de la Directiva 2000/31/CE sobre el comercio electrónico (en adelante, DCE) reviste gran importancia para valorar las carencias de la legislación europea (y española) en materia de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, así como para tener una visión de conjunto de las divergencias en la práctica legislativa y judicial de los Estados miembros sobre aspectos clave en los que la normativa de armonización resulta poco precisa. Al mismo tiempo, los documentos difundidos por la Comisión aportan información muy relevante acerca de las perspectivas de evolución legislativa en este ámbito. Aunque el documento central sea la Comunicación de la Comisión titulada “A coherent framework to build trust in the Digital single market for e-commerce and online services”, reviste especial interés uno de los dos documentos de trabajo que lo acompañan, titulado “Online services, including e-commerce, in the Single Market”, que cumple, según la Comisión, la función de informe sobre la aplicación de la DCE a los efectos de su artículo 21. Se trata de un extenso documento de lectura obligada para los interesados en la regulación del comercio electrónico y los servicios de la sociedad de la información, del que me limitaré a destacar algunos aspectos.
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jueves, 16 de febrero de 2012
Imponer a las redes sociales una supervisión de amplio alcance de sus contenidos para proteger la propiedad intelectual también es contrario al Derecho de la UE
Hoy ha hecho pública el Tribunal de Justicia su Sentencia en el asunto C-360/10, Belgische Vereniging van Auteurs, Componisten en Uitgevers (SABAM) / Netlog NV. En síntesis, la Sentencia viene a confirmar en relación con los prestadores de servicios de alojamiento de datos en general (y los proveedores de redes sociales en particular) el criterio ya establecido por el Tribunal con respecto a los proveedores de acceso a Internet el pasado 24 de noviembre en su sentencia Scarlet Extended, C-70/10, a la que me referí en una entrada previa. Este dato se corresponde con la circunstancia de que la cuestión prejudicial fuera referida a la compatibilidad con el Derecho de la UE de una medida de supervisión generalizada de amplísimo alcance al igual que en el asunto Scarlet Extended, pues se pretendía un mandamiento judicial que impusiera al prestador de servicios de red social un sistema de filtrado de la información alojada por sus usuarios aplicable con carácter preventivo a toda su clientela, exclusivamente a expensas del prestador de tales servicios y sin limitación de tiempo. Tal medida tenía su origen en que la entidad de gestión de derechos demandante consideraba que la red social demandada ofrecía a sus usuarios la posibilidad de utilizar, a través de su perfil, obras musicales y audiovisuales de su repertorio.
viernes, 10 de febrero de 2012
Foro español de Derecho internacional privado
Como ya ha difundido hoy Federico Garau en su blog Conflictus Legum, se ha puesto en marcha la iniciativa tendente a la constitución de un Foro español de Derecho internacional privado, abierto a todos los todos los Catedráticos y Profesores Titulares de Derecho internacional privado de las universidades españolas. El objetivo de esta iniciativa es crear un foro de debate que permita al colectivo de profesores y profesionales que trabajan en el ámbito del Derecho internacional privado tomar posición respecto a las principales cuestiones que afectan al desarrollo de la materia y hacer llegar de manera articulada tales posiciones a las autoridades y a la opinión pública.
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viernes, 3 de febrero de 2012
VI Seminario de Derecho internacional privado: programa e inscripciones
Hemos completado ya el programa de la nueva edición del Seminario internacional de Derecho internacional privado de la UCM, que se celebrará los días 22 y 23 de marzo, como se detalla en la información que se reproduce a continuación donde también figura los detalles relativos a la inscripción de los asistentes.
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