jueves, 28 de febrero de 2013

Medidas de restricción de acceso a contenidos en Internet y derechos fundamentales


            En varias entradas anteriores me he referido a la importancia que para la tutela de diversos derechos en el marco de Internet puede llegar a tener la posibilidad de que los tribunales adopten medidas en las que impongan a los proveedores de acceso a Internet nacionales bloquear el acceso de sus clientes a ciertas páginas de Internet, alojadas en servidores en el extranjero. De hecho, en algunas de esas entradas he reseñado precedentes judiciales españoles y europeos en los que medidas de ese tipo han sido adoptadas para bloquear el acceso a sitios de Internet extranjeros que supuéstamente infringían la legislación en materia de juegos de azar o derechos de propiedad intelectual. El excepcional recurso a tales medidas de bloqueo impuestas a proveedores locales de acceso a Internet se vincula con la ausencia de otras alternativas para impedir la difusión en el país afectado de la información ilícita. La imposición de ese tipo de medidas a prestadores de servicios de intermediación –como son los proveedores de acceso- en relación con informaciones respecto de las que ellos no son en absoluto responsables es compatible con el régimen de limitación de responsabilidad para los intermediarios establecido en la Directiva 2000/31/CE (incorporado en la LSSI), así como en el ámbito de la propiedad intelectual en la Directiva 2001/29 y la Directiva 2004/48. En este contexto, resulta de indudable importancia la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 18 de diciembre de 2012 en el asunto Ahmet Yıldırım c. Turquía, en la que el Tribunal concluye que la imposición de ciertas medidas de bloqueo de acceso a contenidos en Internet de alcance especialmente amplio constituyen una violación del derecho fundamental a la libertad de expresión establecido en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

viernes, 22 de febrero de 2013

Conflict of Laws in Intellectual Property


            Como resultado final de siete años de trabajo en colaboración entre especialistas de más de media docena de países, bajo la iniciativa de los Institutos Max-Planck de Munich (propiedad intelectual) y Hamburgo (Derecho privado internacional), la editorial Oxford University Press ha publicado esta semana el libro Conflict of Laws in Intellectual Property (The CLIP Principles and Commentary). Este volumen recoge la versión completa, con los comentarios explicativos y notas, de los Principios sobre Derecho internacional privado de la propiedad intelectual elaborados por el Grupo Europeo Max Planck (CLIP).

viernes, 15 de febrero de 2013

La Unión Europea y la regulación internacional de Internet


La presentación la semana pasada de dos documentos sobre la estrategia de la UE en materia de seguridad en Internet constituye una buena ocasión para apreciar ciertos aspectos de la posición de la UE sobre la regulación de Internet, en un contexto de marcada división internacional, tras la Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales del pasado mes de diciembre. En concreto, los documentos presentados la semana pasada son la Comunicación conjunta de la Comisión y la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre una estrategia europea de ciberseguridad, que va unida a la Propuesta de Directiva relativa a medidas para garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y de la información en la Unión.

viernes, 1 de febrero de 2013

Research Handbook on Intellectual Property Licensing


Acaba de publicarse la obra titulada Research Handbook on Intellectual Property Licensing, que proporciona una elaborada y muy actual visión de conjunto de los aspectos jurídicos de las diversas modalidades de contratos de licencia sobre bienes inmateriales, desde la perspectiva internacional y comparada. Su índice completo ilustra la valía de esta obra:

miércoles, 16 de enero de 2013

Redes sociales y protección de los consumidores


El mercado de ciertos servicios en línea, como los que se basan en el establecimiento de plataformas y comunidades virtuales, se caracteriza por el predominio de varios operadores globales que han expandido sus modelos de negocio desde EEUU al resto del mundo. Habida cuenta del estricto marco normativo vigente en la Unión Europea en materia de protección de los consumidores y de protección de datos personales, reviste particular importancia valorar su efectiva aplicación en relación con los términos contractuales bajo los que se están prestando tales servicios a los consumidores europeos. Este análisis tiene importantes implicaciones no solo para la posición de los consumidores europeos, sino que también afecta a la competitividad de las empresas europeas sometidas a ese marco normativo restrictivo.

martes, 8 de enero de 2013

Blogs y responsabilidad civil a la luz de la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de diciembre


            Durante el mes pasado diversos medios de comunicación se han hecho eco de la sentencia Nº: 742/2012 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2012, que casa la sentencia de 31 de marzo de 2011 de la Sección 11.ª de la Audiencia Provincial de Madrid. La sentencia de la Audiencia había desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 24 de junio de 2008 del Juzgado de Primera Instancia número 55 de Madrid, que estimó la demanda de la SGAE contra el titular de un blog/página web por vulneración “del derecho al honor y dignidad” de la SGAE como consecuencia de la difusión a través del blog de ciertas informaciones (y expresiones) y la provisión de diversos enlaces. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia, confirmada por la Audiencia, había condenado al demandado a retirar más de una veintena de comentarios y a indemnizar a la SGAE con nueve mil euros. La sentencia del Tribunal Supremo deja sin efecto la de la Audiencia Provincial y desestima la demanda interpuesta por la SGAE imponiéndole las costas derivadas de la misma. Algunas informaciones periodísticas han puesto el acento en el cambio de criterio que representa la sentencia del Tribunal Supremo, que es obvio que llega a un resultado abiertamente distinto del alcanzado por el Juzgado de Primera Instancia y la Audiencia Provincia. Ahora bien, al valorar esta importante sentencia del Tribunal Supremo en lo que afecta a la responsabilidad civil de los titulares de blogs y otros prestadores de servicios de intermediación –la demanda iba referida, al menos en parte, a comentarios introducidos en el blog por terceros y a la provisión de ciertos enlaces a páginas de terceros con contenidos sobre la SGAE-, debe tenerse en cuenta que sobre este particular el Tribunal Supremo básicamente se limita a reiterar su jurisprudencia previa.

lunes, 7 de enero de 2013

Resolución del XXVII Congreso del IHLADI sobre Derecho internacional privado y sociedad de la información


            El Instituto Hispano-Luso-Americano de Derecho internacional (IHLADI) celebró su XXVII Congreso durante el pasado mes de diciembre en San Juan (Puerto Rico). De las cuatro Comisiones en las que se organizaron los trabajos del Congreso, la cuarta estuvo dedicada a ciertos aspectos de las nuevas tendencias del Derecho internacional privado, abordando los retos que para este sector del ordenamiento plantea el desarrollo de la sociedad de la información y debatiendo propuestas para la adaptación del Derecho internacional privado al nuevo contexto. Por su interés, se reproducen a continuación las Conclusiones de dicha Comisión, que como se habitual aparecerán publicadas, junto con las del resto de las Comisiones, en el próximo volumen del Anuario Hispano-Luso-Americano de Derecho internacional.