Hace casi un año dediqué una
entrada a valorar la repercusión sobre los autores españoles del acuerdo de conciliación pendiente de aprobación judicial en el marco de la demanda colectiva interpuesta ante un tribunal de Nueva York contra Google (Authors Guild, et al. v. Google Inc) por violación de los derechos de autor al digitalizar libros, crear una base de datos de libros, y exhibir pasajes cortos sin el permiso de los titulares de los derechos de autor. Destacaba entonces que, sin perjuicio de que afectaran a los autores de todo el mundo cuyas obras habían sido digitalizadas, los efectos del proceso y del acuerdo de conciliación se hallaban limitados a la utilización de las obras en EEUU. Con posterioridad, el acuerdo de conciliación ha sido
modificado para excluir del acuerdo los libros que no sean “obras de los EEUU”, salvo que fueran registradas en la Oficina de Derechos de Autor de EEUU antes del 5 de enero de 2009 o su lugar de publicación sea Canadá, el Reino Unido o Australia. Con esta revisión del acuerdo, los supuestos típicos de autores españoles cuyas obras hayan sido publicadas sólo en España –o en otros países distintos de los mencionados- quedan al margen del proceso en el asunto Authors Guild, et al. v. Google Inc incluso en lo que respecta a la utilización en EEUU de sus libros (es decir, a sus “intereses de derechos de autor en EEUU” respecto de los libros publicados en España). Como advierte el aviso del Tribunal de Distrito de Nueva York que da cuenta de la modificación del acuerdo, cada uno de estos autores “retiene la totalidad de los derechos de iniciar juicio a Google por la digitalización y el uso que hizo de su material protegido por derechos de autor sin su permiso”, lo que debe hacerse en un proceso diferente. Además, el aviso judicial remite a los autores al
sitio en el que Google ofrece información sobre sus políticas relativas a la utilización de esas obras o su eliminación de sus bases de datos. En este contexto, la
sentencia del Tribunal de grande instance de Paris (3ème chambre, 2ème section) de 18 de diciembre de 2009 en el asunto Editions du Seuil et autres / Google Inc et France merece especial atención con respecto a la ley aplicable a esas eventuales reclamaciones.