El RGPD contempla básicamente dos vías de tutela frente a la infracción
de sus normas. Cabe recordar que la aplicación mediante el ejercicio de
acciones ante tribunales del orden civil aparece prevista en su artículo 79, relativo
al “derecho a la tutela judicial efectiva contra un responsable o encargado del
tratamiento”. Ese derecho a la tutela judicial opera “(s)in perjuicio de los
recursos administrativos o extrajudiciales disponibles, incluido el derecho a
presentar una reclamación ante una autoridad de control en virtud del artículo
77”. Además, el artículo 78 RGPD recoge el derecho de toda persona a la tutela
judicial efectiva contra una decisión jurídicamente vinculante de una autoridad
de control que le concierna. Ciertamente, los artículos 77 y 78 RGPD (junto con
la normativa reguladora de las funciones y poderes de las autoridades de
control) contemplan la llamada aplicación pública del RGPD, si bien en el supuesto
del artículo 77 RGPD tiene su origen en la reclamación presentada por un
interesado ante una autoridad de control. En su sentencia Nemzeti
Adatvédelmi és Információszabadság Hatóság, C-132/21, EU:C:2023:2 (reseñada
aquí), el Tribunal de Justicia dejó claro que procedimientos relativos a una
misma alegación de infracción del RGPD con base en los mismos hechos pueden
tramitarse en estas dos diferentes vías, ya que las dos pueden ejercerse de
manera concurrente e independiente, sin que entre ellas exista relación
jerárquica o excluyente alguna. Al abordar por primera vez las dificultades
inherentes a la coexistencia en el marco del RGPD de estas diferentes vías de
recurso y el riesgo de resoluciones contradictorias, también estableció el TJUE
en esa sentencia que, ante la ausencia de normas en el RGPD sobre el
particular, corresponde a las legislaciones nacionales asegurar la coordinación
entre ambas vías de recurso, conforme al principio de autonomía procesal de los
Estados miembros. La sentencia de ayer en el asunto Datenschutzbehörde
(Articulation des recours), C-414/24, EU:C:2026:493, constituye una nueva
aportación sobre el particular.