Incluso en el seno de la Unión y en ámbitos objeto de normas de
armonización, subsisten profundas diferencias entre la legislaciones nacionales
en lo relativo a la determinación de los daños morales, lo que tiene
importantes implicaciones en la litigación relativa a reclamaciones de
responsabilidad que presentan conexiones con varios países. Un ejemplo
significativo en relación con la indemnización por daños morales que puede
concederse a familiares cercanos de víctimas de accidentes de tráfico, lo
proporciona la comparación entre la situación en Alemania y en Bulgaria.
Mientras que la legislación búlgara permite con carácter general conceder una
indemnización por el dolor y el sufrimiento anímico padecidos por familiares cercanos
de la persona fallecida, la legislación alemana sólo admite una indemnización
en tales situaciones cuando el hecho dañoso haya causado un daño patológico a
los familiares. En la práctica eso supone que en situaciones en las que
típicamente ciertos familiares tienen derecho a recibir unos 60.000 euros de
indemnización conforme a la legislación búlgara, en caso de resultar de
aplicación la legislación alemana pueden no tener derecho a recibir
indemnización alguna o a lo sumo unos 5.000 euros. Este contraste se encuentra
en el origen de la sentencia del pasado jueves del Tribunal de Justicia en el
asunto HUK-COBURG-Allgemeine Versicherung
II, C-83/23, EU:C:2024:689 (vid.
apdos. 50-52).