jueves, 11 de septiembre de 2025

Acerca del concepto de servicio intermediario en el Reglamento de Servicios Digitales

 

En los últimos días el Tribunal General ha adoptado sus primeras sentencias relativas a la interpretación del Reglamento (UE) 2022/2065 de Servicios Digitales (RSD). Por una parte, en sus sentencias de ayer en los asuntos Meta Platforms Ireland / Comisión, T-55/24, EU:T:2025:842; y Tiktok Technology / Comisión, T-58/24, EU:T:2025:843, el Tribunal General ha anulado las Decisiones de Ejecución de la Comisión relativas a la determinación de las tasas de supervisión previstas en el artículo 43 RSD aplicables, de una parte, a Facebook y a Instagram, y, de otra, a TikTok, si bien las sentencias acuerdan mantener temporalmente los efectos de esas decisiones, al no apreciar un error respecto a la obligación de las empresas de pagar la tasa. En síntesis, la anulación se fundamenta en que la Comisión, con base en lo dispuesto en los artículos 33.3, 43 y 87 del RSD, debería haber adoptado la metodología de cálculo del promedio mensual de destinatarios activos en un acto delegado y no en meros actos de ejecución como las decisiones anuladas. El Tribunal considera que, habida cuenta del vínculo entre la metodología de determinación de las tasas de supervisión anuales, que debe fijarse mediante un acto delegado (art. 44.4 RSD), y los promedios mensuales de destinatarios activos de los servicios a la luz de los cuales deben determinarse las tasas, elementos suficientemente detallados de la metodología para calcular tales promedios mensuales deben establecerse mediante acto delegado, lo que no hizo la Comisión al adoptar el Reglamento Delegado 2023/1127, en el marco del cual se adoptaron las decisiones de ejecución anuladas en las que se incluyeron esos elementos.

Por otra parte, en su sentencia de la semana pasada en el asunto Zalando / Comisión,  T-348/23, EU:T:2025:821, el Tribunal General desestimó el recurso de anulación interpuesto por Zalando contra la decisión de la Comisión Europea relativa a su designación como plataforma en línea de muy gran tamaño en el marco del artículo 33 RSD. Una parte importante de la sentencia va referida a la desestimación de los argumentos de Zalando en relación con la aplicación del umbral fijado en el artículo 33 para esa designación: que la plataforma en línea tenga un promedio mensual de destinatarios del servicio activos en la Unión igual o superior a cuarenta y cinco millones. Se trata de una parte de la sentencia que contiene precisiones significativas acerca de los criterios para llevar a cabo tal cálculo, y que avala el sistema establecido al respecto en el RSD. Con carácter previo, la sentencia desestima el motivo de impugnación de Zalando basado en considerar que el RSD no le resulta aplicable. Según Zalando, su actividad no consiste en la prestación de un servicio intermediario, pues no constituye un servicio de alojamiento de datos ni de plataforma en línea en el sentido del RSD, de modo que no le resultaría aplicable este instrumento. Por su interés en relación con la delimitación del ámbito de aplicación subjetivo del RSD en su conjunto (y especialmente de sus obligaciones de diligencia debida), interesa detenerse en esta parte de la sentencia.

miércoles, 10 de septiembre de 2025

Acciones de cesación y derecho a indemnización en materia de datos personales

 

En su sentencia del pasado jueves en el asunto C655/23, Quirin Privatbank, EU:C:2025:655, el Tribunal de Justicia vuelve sobre la cuestión de la interpretación del concepto de «daños y perjuicios inmateriales», a los efectos del derecho de quien sufre daños y perjuicios materiales o inmateriales como consecuencia de una infracción del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) a recibir del responsable del tratamiento una indemnización por tales daños y perjuicios, de conformidad con su artículo 82. En concreto, el Tribunal aborda en qué medida sentimientos negativos -como el temor o el enfado - que el interesado experimenta cuando se transmiten sin autorización sus datos personales a un tercero son susceptibles de ser considerados daños y perjuicios inmateriales susceptibles de indemnización (II, infra). Con carácter previo, el Tribunal se pronuncia acerca de en qué medida cabe que el interesado, cuando no solicite que se supriman sus datos, ejercite una acción judicial preventiva en la que se ordene al responsable del tratamiento que se abstenga en el futuro de ulteriores tratamientos ilícitos de sus datos personales (I, infra).