El pasado mes de octubre se celebró en el Instituto Max Plank de Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia un seminario sobre el Borrador de Principios sobre Derecho internacional privado de la propiedad intelectual elaborado por el denominado European Max Planck Research Group on Conflict of Laws in Intellectual Property. El seminario tuvo por objeto la discusión del texto del segundo borrador provisional de los Principios con algunos destacados especialistas en la materia no sólo de Europa sino también de EEUU y Asia, con el propósito de recibir observaciones, críticas y sugerencias que pudieran contribuir a la mejora de los Principios en la última fase de elaboración de su texto final.
El objetivo del seminario justificaba que su estructura se correspondiera básicamente con la de los Principios y que su organización no estuviera orientada a presentar el borrador actual a los asistentes sino a facilitar la discusión entre estos y los miembros del grupo sobre el contenido del segundo borrador, ya conocido previamente por todos los participantes. En consecuencia, cada uno de los apartados del seminario estuvo precedido por una breve presentación de uno de los autores de los Principios como simple introducción para el debate posterior.
La sesión inicial estuvo dedicada a las normas sobre competencia judicial internacional divididas en tres grandes bloques, presentados respectivamente por Christian Heinze, Paul Torremans y Mireille van Eechoud. El primer bloque se centró en la regla sobre competencia general basada en la residencia habitual del demandado, los fueros especiales en materia de infracción contractual y extracontractual, así como en las disposiciones relativas a la competencia para la adopción de medidas provisionales. Como cabía esperar, el debate giró especialmente en torno al análisis de las normas sobre competencia en materia de infracción, con especial atención a la concreción del lugar de infracción y al alcance de la competencia del país de origen de las actividades. Entre las otras cuestiones debatidas en esa sesión, el alcance de las competencias exclusivas y la eventual clarificación de las normas sobre pluralidad de los demandados, suscitaron un particular debate.
Objeto de la segunda sesión fueron las normas sobre derecho aplicable, con una introducción de conjunto realizada por Jürgen Basedow, y otras referidas a las concretas normas sobre titularidad inicial, transmisibilidad, cotitularidad, contratos e infracción de derechos, llevadas a cabo, respectivamente, por Josef Drexl, Paul Torremans, Axel Metzger y Alexander Peukert. Entre las cuestiones que suscitaron mayor debate cabe reseñar los aspectos relativos al régimen de las garantías constituidas sobre bienes inmateriales al hilo de los trabajos de la CNUDMI en la materia. La etapa final de la segunda sesión se centró en la Parte IV del borrador de Principios, que me correspondió presentar y que dio lugar a otro animado intercambio de pareceres. La tercera sesión estuvo dedicada especialmente al tratamiento de las cuestiones que plantean las situaciones conocidas como “ubiquitous infringements”, presentadas por Annette Kur, Alexander Peukert y Graeme Dimwoodie. Estas situaciones ligadas a la expansión de Internet, que suscitaron también un intenso debate incluyendo la delimitación misma de ese concepto en el texto. En la segunda parte de esta tercera sesión el debate acerca de la eventual necesidad de una regla especial relativa a la responsabilidad de los intermediarios en el contexto de la sociedad de la información mereció especial atención.
Los intensos debates suscitados con respecto a cada una de estas cuestiones incluyeron valiosas aportaciones, entre otros, de Marie-Elodie Ancel, Stefania Bariatti, François Dessemontet, Rochelle Dreyfuss, Paul Katzenberger, Catherine Kessedjian, Soichi Kidana, Stefan Luginbühl, Dario Moura Vicente, Gottfried Musger, Yuko Nishitani, Rufus Pichler, Winfried Tilmann, Marketa Trimble, Guido Westkamp y Dai Yokomizo. Sin duda todas estas aportaciones ayudarán de manera importante a la mejora del texto final de los Principios. En particular, cabe destacar que la presencia de dos de los tres “Reporters” de los Principios del American Law Institute entre los asistentes a este seminario junto con la participación de algunos de los autores más directamente implicados en proyectos similares existentes en Asia facilitó especialmente la valoración del proyecto y del texto provisional de los Principios desde una perspectiva comparada en un contexto global y abre nuevas perspectivas de cooperación con vistas al logro de un consenso con una más amplia base territorial.