lunes, 18 de septiembre de 2017

Internet e diritto d’autore UE

         Los días 15 y 16 de septiembre ha tenido lugar el XXXII incontro di AIDA   (Annali italiani del diritto d’autore, della cultura e dello spettacolo) bajo el titulo Internet e diritto d’autore UE. El congreso se ha celebrado en el Aula Magna del Palazzo di Giustizia de Milán, presidida por la escultura de Antonio Mariani que representa a la Culpa arrodillándose ante la Justicia en señal de sumisión, una de las muchas obras de arte que alberga ese singular edificio representativo de la arquitectura italiana de los años treinta del pasado siglo. Durante los dos días de sesiones se han abordado muchos de los principales retos que para la evolución de la tutela de los derechos de autor plantean el actual proceso de revisión normativa en el marco de la Unión Europea y la continua transformación de los modelos de negocio y explotación de derechos a través de la Red.
           

            La primera jornada, bajo la presidencia de L.C. Ubertazzi, se inició con una ponencia acerca de la eventual superación del principio de territorialidad en el marco de la UE, en la que abordé la actual fragmentación existente en este ámbito y las alternativas para su superación. Todo ello desde la perspectiva, en particular, de la posibilidad de obtener ante los tribunales de un Estado miembro la tutela de estos derechos en el conjunto de la UE, a partir de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia sobre el alcance de la competencia internacional en los litigios sobre infracción de derechos en Internet y la posible evolución del marco normativo para favorecer la aplicación de una única legislación en estas situaciones, con especial referencia a la incierta pretensión de establecer derechos de autor unitarios para el conjunto de la Unión y a la posibilidad de desarrollar en esta materia el criterio de aplicación de la ley de origen en el mercado interior. Los aspectos internacionales de la tutela de estos derechos fueron también objeto de análisis durante la segunda jornada en la ponencia de F. Ferrari, que realizó un detallado análisis de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia relativa a la interpretación de las normas del sistema del Reglamento Bruselas I a las infracciones de derechos de propiedad intelectual a través de Internet.

            En lo relativo al estudio de las cuestiones de Derecho sustantivo, la primera jornada continuó con otras tres intervenciones. R.Romano abordó en qué medida el desarrollo de la sociedad de la información ha ido unido al retorno a la exigencia de ciertas formalidades en relación con la tutela de los derechos de autor y derechos conexos, poniendo de relieve que si bien, de acuerdo con el régimen del Convenio de Berna, no cabe la imposición de formalidades constitutivas, sí que en ciertos ámbitos el desarrollo normativo ha introducido nuevas exigencias formales de carácter informativo, con especial referencia a la normativa europea sobre obras huérfanas y la legislación italiana en materia de obras cinematográficas. A. Thiene analizó el tratamiento de los derechos morales de autor, poniendo de relieve la contraposición entre aspectos patrimoniales y relativos a la personalidad del creador, para destacar que el núcleo de la protección de los derchos morales recae sobre la tutela de la personalidad del autor y no tanto sobre la obra misma. Por su parte C.E. Mayr abordó la evolución del derecho de distribución, con especial referencia a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. En concreto, su sentencia Usedsoft, en la que el Tribunal concluyó que el agotamiento derivado de la venta de un programa de ordenador se produce también cuando el programa no se ha puesto a disposición del comprador en formato material sino mediante la descarga de la copia a través de Internet; la sentencia en el asunto Ranks y Vasiļevičs, C-166/15, en la que concluyó que el alcance del derecho de reproducción del titular de los derechos sobre el programa de ordenador excluye la posibilidad de revender la copia de un programa mediante la entrega de la copia de seguridad; y, por último, la sentencia en el asunto C-174/15, Vereniging Openbare Bibliotheken, que favorece la idea de que el agotamiento del derecho de distribución establecido en Usedsoft respecto de los programas de ordenador no es aplicable de forma idéntica a otro tipo de obras.
           
            La segunda sesión del congreso, bajo la presidencia de D. Sarti, incluyó el análisis crítico de la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia en materia de derecho de comunicación al público, tratamiento de los enlaces (linking e framing) y adopción de mandamientos de cesación frente a actividades en Internet, por parte, respectivamente de G. Spedicato, G. Frosio y E. Rosati. Las carencias de la armonización comunitaria en lo relativo a la llamada responsabilidad indirecta o secundaria y las perspectivas de desarrollo jurisprudencial y normativo ocuparon una buena parte de los análisis. En su estudio sobre el régimen de las excepciones y limitaciones, F. Mezzanote puso de relieve las carencias del artículo 5 de la Directiva 2001/29 como fuente de armonización, con especial referencia a la excepción de copia privada. Tras insistir en la conveniencia de profundizar la armonización en este ámbito, valoró críticamente la pretensión de creación de títulos unitarios en materia de derechos de autor en el seno de la UE. La última sesión del congreso, presidida por el profesor Marco Ricolfi, se inició con la intervención de F. Piraino sobre responsabilidad de los intermediarios, quien tras un repaso del marco comparado en la materia  se centró en valorar la interpretación de la normativa italiana de transposición de las limitaciones de responsabilidad de la Directiva sobre comercio electrónico en lo relativo al nivel de diligencia exigible a los prestadores intermediarios. Otros dos temas de máxima actualidad en el contexto de la revisión legislativa en curso en el seno de la Unión, como el data mining y el régimen de los motores de búqueda, fueron objeto de las ponencias de L. Montagnani y G.C. Codiglioni con las que concluyó el congreso.


            Está previsto que las ponencias sean publicadas en el volumen XXVI de 2017 de los Annali italiani del diritto d’autore, della cultura e dello spettacolo (AIDA).